Para otogar una herencia es necesario aportar la siguiente documentación:

– Certificado de defunción(una vez pasados 15 días hábiles desde la fecha del fallecimiento), últimas voluntades y certificado seguro de cobertura de fallecimiento.

– Copia autorizada del testamento.

– Datos de los herederos.

– Títulos que acrediten la propiedad de los bienes:
I.B.I. en caso de inmuebles.
Certificados y extractos bancarios en valores mobiliarios, cuentas corrientes, acceso a casinos online con mercado pago etc.